Reducción de jornada por cuidado de hijo en 2026: derechos y cómo solicitarla
La reducción de jornada por cuidado de hijo permite trabajar menos horas cada día para atender directamente a un menor de 12 años. Es un derecho de la persona trabajadora: la jornada puede reducirse entre un octavo y la mitad, con una disminución proporcional del salario.
No es una ayuda económica ni un permiso para faltar días sueltos. La clave está en elegir el porcentaje, concretar un horario dentro de la jornada ordinaria y comunicar por escrito las fechas de inicio y fin. Esta guía está actualizada a 27 de julio de 2026 para el régimen general de personas trabajadoras por cuenta ajena; el convenio colectivo puede mejorar o concretar las condiciones.
| Punto clave | Regla general en 2026 |
|---|---|
| Edad del menor | Hasta que cumpla 12 años |
| Reducción mínima | Un octavo de la jornada diaria (12,5 %) |
| Reducción máxima | La mitad de la jornada diaria (50 %) |
| Salario | Baja de forma proporcional a la reducción |
| Quién elige el horario | La persona trabajadora, dentro de su jornada ordinaria |
| Preaviso | 15 días, salvo otro plazo del convenio o fuerza mayor |
| Duración | La indicada en la solicitud, mientras se mantengan los requisitos |
| Si hay desacuerdo | Procedimiento urgente ante el Juzgado de lo Social |
El artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores reconoce este derecho a quien, por guarda legal, tenga a su cuidado directo:
También contempla el cuidado directo del cónyuge, pareja de hecho o determinados familiares hasta segundo grado que no puedan valerse por sí mismos por edad, accidente o enfermedad y no tengan actividad retribuida. En este artículo nos centramos en el supuesto más habitual: el cuidado de un hijo o hija menor de 12 años.
Es un derecho individual. Ambos progenitores pueden solicitarlo si cumplen los requisitos. Si trabajan en la misma empresa y lo generan por el mismo menor, la empresa solo puede limitar el disfrute simultáneo por razones fundadas y objetivas de funcionamiento, debe motivarlo por escrito y ofrecer un plan alternativo que permita conciliar a ambos.
La reducción debe estar entre:
En una jornada ordinaria de 8 horas diarias, estos ejemplos ayudan a verlo:
| Reducción solicitada | Horas que se reducen | Jornada diaria resultante |
|---|---|---|
| 1/8 (12,5 %) | 1 hora | 7 horas |
| 1/4 (25 %) | 2 horas | 6 horas |
| 3/8 (37,5 %) | 3 horas | 5 horas |
| 1/2 (50 %) | 4 horas | 4 horas |
La ley habla de reducción de la jornada de trabajo diaria. Por tanto, no se puede dar por hecho que las horas puedan acumularse para librar uno o varios días completos a la semana. El convenio colectivo puede establecer criterios o mejoras, así que conviene revisarlo antes de proponer una distribución distinta.
El salario disminuye en la misma proporción que la jornada. Si se reduce un 25 %, la referencia general es una reducción salarial del 25 %.
Antes de decidir el porcentaje, pide una simulación de nómina. Algunos conceptos extrasalariales o ligados a gastos reales —por ejemplo, ciertos pluses de transporte— pueden no comportarse exactamente igual que el salario base, y el convenio puede contener reglas propias.
La reducción de jornada no debe confundirse con una adaptación horaria: en la adaptación del artículo 34.8 se reorganiza el tiempo de trabajo sin reducir necesariamente horas ni sueldo, pero la petición debe negociarse y ser razonable y proporcionada para ambas partes.
La concreción horaria corresponde a la persona trabajadora dentro de su jornada ordinaria. Debe indicar con claridad:
El convenio colectivo puede fijar criterios para compatibilizar la conciliación con las necesidades productivas y organizativas. Por eso es importante revisar tanto el convenio como el horario real que se venía realizando.
La empresa puede mostrar su disconformidad con una concreción concreta si acredita razones organizativas, pero no debería tratar el derecho como una petición discrecional. Lo útil es que ambas partes formulen por escrito propuestas y alternativas precisas.
Busca el apartado de conciliación, guarda legal o reducción de jornada. Puede fijar un plazo de preaviso distinto, documentación, criterios horarios o mejoras sobre el mínimo legal.
Define qué porcentaje necesitas y estima su impacto económico. Pide a la empresa una simulación de nómina si tienes complementos variables o dudas sobre conceptos extrasalariales.
Evita fórmulas ambiguas. Es mejor escribir “de lunes a viernes, de 8:00 a 14:00” que limitarse a pedir “una reducción de dos horas”.
Salvo fuerza mayor, el preaviso general es de 15 días, o el que determine el convenio. Usa un canal que deje constancia de la fecha y del contenido: registro interno, correo corporativo con acuse o el sistema formal de Recursos Humanos.
Conserva el escrito, el justificante de entrega y cualquier contestación. Si la empresa propone otro horario o se opone, pide razones y alternativas por escrito.
Puedes adaptar este texto:
Asunto: solicitud de reducción de jornada por guarda legal — artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores
Yo, [nombre y apellidos], con puesto [puesto], comunico que deseo ejercer mi derecho a la reducción de jornada por guarda legal para el cuidado directo de mi hijo/a menor de 12 años.
Solicito una reducción de [porcentaje o número de horas], pasando a realizar el horario de [hora de inicio] a [hora de fin], de [días de la semana].
La reducción comenzará el [fecha de inicio] y finalizará el [fecha de fin prevista].
Esta comunicación se presenta con el preaviso aplicable. Solicito confirmación escrita de su recepción y de la concreción horaria.
[Lugar, fecha, firma y datos de contacto]
Si el convenio exige documentación adicional, adjúntala. Evita aportar más datos personales de los necesarios.
Si se cumplen los requisitos, la reducción por guarda legal es un derecho. El conflicto suele estar en la concreción horaria, no en la existencia del derecho.
Cuando la empresa no acepta el horario propuesto, conviene:
El artículo 139 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social establece un procedimiento urgente. La persona trabajadora dispone de 20 días desde que la empresa comunica su negativa o disconformidad para presentar demanda ante el Juzgado de lo Social. Si el caso llega a ese punto, busca asesoramiento cuanto antes para calcular correctamente el plazo.
Son herramientas distintas y conviene elegir la que encaje con la necesidad real:
| Medida | ¿Se trabajan menos horas? | ¿Baja el salario? | Idea principal |
|---|---|---|---|
| Reducción por guarda legal | Sí, entre 1/8 y 1/2 al día | Sí, proporcionalmente | Trabajar menos para cuidar a un menor de 12 años |
| Adaptación de jornada | No necesariamente | No necesariamente | Cambiar horario, distribución o forma de trabajo |
| Permiso parental | Se suspende el trabajo durante semanas | En general, no se cobra | Cuidar a un menor hasta que cumpla 8 años |
La adaptación de jornada del artículo 34.8 puede incluir cambios de horario, distribución del tiempo o trabajo a distancia cuando sean razonables y proporcionados. Si lo que necesitas es dejar de trabajar durante semanas completas, revisa nuestra guía del permiso parental de 8 semanas en 2026.
Para las semanas retribuidas vinculadas al nacimiento, consulta el permiso de nacimiento y cuidado de menor en 2026.
Aunque la nómina baja, la Ley General de la Seguridad Social establece que las cotizaciones de los tres primeros años de la reducción por cuidado de menor se computen incrementadas hasta el 100 % de lo que habría correspondido sin reducir la jornada, a efectos de determinadas prestaciones contributivas.
Esto no significa que se siga cobrando el salario completo ni que todas las consecuencias económicas desaparezcan. Si la reducción supera tres años, la Seguridad Social contempla la posibilidad de suscribir un convenio especial para completar cotización cuando se cumplen sus requisitos.
En caso de desempleo durante una reducción por guarda legal, el SEPE indica que la base reguladora se calcula elevando las bases de cotización al 100 % de lo que habría correspondido sin la reducción.
El Estatuto de los Trabajadores incluye entre los supuestos de especial protección el despido de quien haya solicitado o esté disfrutando una reducción del artículo 37.6. Puede declararse nulo, con readmisión y salarios dejados de percibir.
No es un blindaje frente a cualquier despido: la empresa puede acreditar una causa procedente ajena al ejercicio del derecho. Si se produce una extinción durante la solicitud o el disfrute, conviene buscar asesoramiento laboral inmediatamente porque los plazos para impugnar son breves.
La solicitud debe indicar la fecha de finalización. En el supuesto de cuidado de hijo, el derecho por esta causa alcanza hasta que el menor cumple 12 años.
Si quieres volver antes a la jornada anterior o modificar el porcentaje, comunícalo por escrito con el preaviso que corresponda y revisa el convenio. Guarda también el acuse de esta comunicación.
¿Pueden pedirla los dos progenitores?
Sí. Es un derecho individual. Si ambos trabajan en la misma empresa y solicitan disfrutarlo simultáneamente por el mismo menor, una limitación empresarial necesita razones objetivas, motivación escrita y un plan alternativo.
¿Puedo elegir turno fijo?
La persona trabajadora concreta el horario dentro de su jornada ordinaria, pero el convenio puede fijar criterios y la empresa puede discutir una propuesta concreta por razones organizativas. Si además necesitas cambiar de turno o salir de tu marco horario habitual, puede ser útil combinar o plantear una adaptación de jornada.
¿Puedo concentrar la reducción en un día libre?
La regla legal es una reducción de la jornada diaria. No debe darse por supuesta la acumulación en días completos salvo que el convenio, un acuerdo o una regulación aplicable lo permita.
¿La empresa tiene que contestar por escrito?
Presentar la solicitud por escrito y pedir respuesta escrita evita dudas. Si la empresa discrepa del horario, tener sus motivos documentados es especialmente importante.
¿Hay que pedirla al INSS?
No. La reducción de jornada se comunica a la empresa. Las reglas de cotización las aplican empresa y Seguridad Social; no es una prestación mensual que se solicite como una ayuda.
¿Puede mejorarla el convenio?
Sí. El convenio puede concretar el preaviso, los criterios horarios y otras condiciones más favorables. Revísalo antes de enviar la solicitud.